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¿Qué pasa si no tengo trabajo y tengo mi Constancia de Situación Fiscal activa? – Chilangadas

Ciudad de México

Este documento contiene información importante para el correcto timbrado de nómina, pero, si el colaborador no tiene empleo debe conocer qué hacer.

Otro rquisito que hay que cumplir es desactivar la Constancia de Situación Fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria ( SAT), la cual cuenta con información relevante para timbrar la nómina, pero cuando no se tiene empleo hay que desactivarla.

Todos sabemos que en México, la autoridad fiscal que se encarga de la recaudación de impuestos es el SAT y cuenta con oficinas en cada estado del país, por esa razón las personas desde que cumplen los 18 años deben de contar con el Registro Federal de Contribuyentes, mejor conocido como RFC y si están trabajando deben de tener la Constancia de Situación Fiscal o la constancia fiscal.

Cuando los trabajadores que hayan renunciado o hayan sido despedidos, es decir que no tengan empleo, deberán de notificar al SAT la suspensión de actividades, trámite que se realiza cuando se requiere actualizar la situación del RFC, cuando no se tienen actividades económicas o por cambio de residencia fiscal.

A continuación se describen los pasos para desactivar la Constancia de Situación Fiscal, cuando no se tiene empleo:

  • Ingresar al Portal del SAT.
  • Seleccionar la modalidad de Persona, el apartado «Trámites del RFC», expande el menú de «Actualización en el RFC», enseguida dar clic en la opción «Presenta tu aviso de suspensión de actividades como persona física», ingresa con RFC y contraseña.
  • Llenar los datos solicitados en el formulario y confirma la información.
  • Imprimir o guarda el «acuse de movimientos de actualización de situación fiscal».

Según el SAT, este trámite debe de realizarse «dentro del mes siguiente a aquél en que interrumpan todas las actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas»; es importante aclarar que cuando se trate de cambio de residencia fiscal de México a un país en el extranjero, el aviso debe darse «con no más de dos meses de anticipación».

Con información de Mi Trabajo

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